jueves, 9 de septiembre de 2010

LA LEY, LA CORTE Y EL FALLO ¿DONDE ESTAMOS PARADOS?

El 25 de agosto del pasado 2009 muchas personas nos pusimos contentas
y no fue para menos, la corte suprema había declarado por unanimidad la
despenalización de la tenencia de Cannabis para consumo personal, pero
¿Realmente que se despenalizó?
El 21 de septiembre de 1989 se sanciono la ley 23.737 de tenencia y
consumo de estupefacientes. Dentro de la misma, en el artículo 14, puede
leerse:
“Será reprimido con prisión de uno a seis años (…) el que tuviere en su
poder estupefacientes. La pena será de un mes a dos años de prisión
cuando, por su escasa cantidad y demás circunstancias, surgiere inequívo-
camente que la tenencia es para uso personal”.
En el famoso fallo la corte declara la inconstitucionalidad de dicho artículo,
basándose en el articulo 19 de nuestra constitución nacional:
“las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al
orden y la moral pública, ni perjudiquen a terceros, están reservadas a
Dios y exentas de la autoridad de los magistrados”.
Pero con esto se hace hincapié en las acciones privadas, es decir, dentro
del ámbito de nuestra propia casa. La ley aun continua vigente, por lo tanto
sigue siendo igual de riesgoso tanto fumar como circular con Cannabis por
la calle; de tener la mala suerte de cruzarte con un policía tendrás que
acompañarlo a la comisaría si así te lo pide. Es muy probable que el fiscal
de turno desestime la causa, basándose en el actual fallo, pero las horas
en la comisaría te las vas a tener que comer y no te las devuelve nadie.
A pesar de que el panorama cambio poco y nada, el fallo sienta un prece-
dente excelente en nuestra lucha y de mantenerse esta jurisprudencia, nos
prepara muy bien el terreno. Los votos de los distintos jueces coinciden en
el fracaso de está ley de drogas y la califican como ineficaz e inhumana,
el mismo Carlos Fayt señalo que “criminalizar al usuario es indudablemente
inhumano” y que “la adicción es un problema de salud y no debe encarce-
larse a los afectados”.
Asimismo la corte exhortó a todos los poderes públicos “a asegurar una
política de Estado contra el tráfico ilícito de estupefacientes y a adoptar
medidas de salud preventivas, con información y educación disuasiva
del consumo, enfocada sobre todo en los grupos más vulnerables,
especialmente los menores, a fin de dar adecuado cumplimiento con los
tratados internacionales de derechos humanos sus-criptos por el país”.
Un fallo sienta jurisprudencia pero no es una ley. Los distintos jueces
pueden interpretarlo según su modo de ver las cosas, por lo que a pesar
de todo, seguimos siendo considerados delincuentes. Que las cosas
empiecen a cambiar esta en nosotros, en unirnos y organizarnos.
CONTRA LA PROHIBICIÓN, PLANTATE!!!

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